mercoledì 3 giugno 2009

CONTRAREFORMAS LABORALES EN EL GOBIERNO DE RAFAEL CORREA – ECUADOR



COORDINADORA NACIONAL DE SINDICATOS PUBLICOS

Luego del Consenso de Washington, en el mundo se impusieron las políticas neoliberales procedentes del Imperio, mediante las llamadas recetas del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial. En el Ecuador éstas arreciaron a finales de las décadas de los 80 e inicios de los 90, del siglo pasado.

Unas de las agresiones más groseras del neoliberalismo, en contra de los pueblos, fueron la flexibilización y desregulación laboral que se implementaron al amparo del falso argumento de combatir el desempleo. En realidad estas formas de neo-esclavitud agravaron la condición de mercancía de la fuerza laboral, para provecho de los empresarios tercerizadores e intermediadores, quienes sobre-explotaron a los trabajadores y trabajadoras para adueñarse de sus salarios: sin reconocerles ningún tipo de derecho, peor el de la estabilidad laboral. Pero tal vez la consecuencia más dolorosa de esta infamia, fue la desaparición de muchísimas organizaciones sindicales, que afectó particularmente a los trabajadores del sector privado.

Pocos sindicatos quedaron en el sector público, los mismos que asumieron la responsabilidad de la defensa de las instituciones y empresas públicas, que pretendían ser entregas a las grandes transnacionales, multinacionales o alguno de los grupos de poder criollo. El proceso de resistencia, que dura aproximadamente 20 años, en gran medida fue posible gracias a la existencia de la organización y a la protección o cobertura de la contratación colectiva; que más allá de regular las relaciones laborales trabajador-empleador o ser el mecanismo para alcanzar derechos y controlar el cumplimiento de los mismos, en el caso ecuatoriano viabilizó el proceso de defensa de la propiedad pública, de las áreas estratégicas de su economía: petróleo, electricidad, telecomunicaciones, agua, minería, salud, educación, seguridad social, entre las principales; para que estas continuaran en manos del Estado.

Pese a ello los neoliberales concibieron formas “creativas” de afectar a las empresas públicas, mediante la descapitalización y falta de inversión, creando corrupción e ineficiencia intencionalmente, o mejor expresado malintencionadamente, a través una campaña sostenida de desprestigio de las mismas instituciones y de sus trabajadores. Estas estratagemas se han venido repitiendo en todos los gobiernos que se sucedieron desde los 80, pero con mayor énfasis desde 1998 hasta ahora, incluido al actual de Rafael Correa, quien ha auto-calificado a su gobierno de “Socialista de siglo 21 o de la Revolución Ciudadana”, pero es necesario dar algunos elementos de reflexión: principalmente en materia laboral, para que la comunidad internacional conozca y se forme su propio criterio sobre la situación en la que se encuentran los derechos laborales en el Ecuador a raíz de las contrarreformas que se impulsaron en la nueva Constitución y la legislación secundaria; así como por la emisión de decretos ejecutivos y acuerdos ministeriales que afectan terriblemente a los trabajadores.

Una vez instalada la Asamblea Nacional Constituyente (con mayoría absoluta gobiernista), al finalizar noviembre de 2007, se crean como instrumentos de legislación los denominados Mandatos Constituyentes, que no tienen asidero jurídico ni constitucional. Algunos de ellos: en específico el 2, 4 y 8, desconocen los principios de la irrenunciablidad e intangibilidad de los derechos laborales, que están y estuvieron antes señalados de manera expresa en la propia Constitución Política de la República. Infringen los convenios internacionales 87 y 98 de la OIT referidos a la Libertad de Sindicalización y la Negociación Colectiva, que el Ecuador, a través de sus Gobiernos se comprometió a respetar. Quebrantan la naturaleza de la contratación colectiva, pues los cambios son impuestos de manera unilateral y con abuso de poder, por lo tanto no sobre la base del diálogo y la negociación.

El mandato 8 ordenó la revisión de los contratos colectivos de todo el sector público, mediante una simple disposición transitoria, pero bajo ciertos términos: a) proceso público, b) participación de empleadores y trabajadores, c) plazo de 180 días que concluyó el 30 de octubre de 2008, d) para establecer restricciones a determinadas cláusulas catalogadas por los Asambleístas como excesos o privilegios. Luego de esto, el Gobierno de Correa promulgó decretos ejecutivos y acuerdo ministeriales que no cumplieron con esos términos; en una evidente actitud de violación al mandato y arrogación de funciones, con interpretaciones extremadamente subjetivas y peligrosas del Ministro del Trabajo y de la Comisión para la revisión, conformada por él e integrada solo por funcionarios de ese Ministerio, la misma que no estuvo dispuesta por la Asamblea.

Las ambigüedades y contradicciones del Mandato 8, han ocasionado en estos días el despido masivo e indiscriminado de miles de trabajadores que durante años, y hasta décadas, estuvieron tercerizados o intermediados; quienes a criterio del Ministro del Trabajo “solo son algunas nueces”. Además, en este Gobierno se han tomado represalias, con el uso del sumario administrativo, persecución política o el despido intempestivo, en contra de dirigentes sindicales de varias instituciones o empresas públicas como el Ministerio de Educación, la Función Judicial, Pacifictel y Petroecuador. En este último caso, por realizar declaraciones en contra de la política petrolera neoliberal del Régimen, en ejercicio de su derecho a la Libertad de Expresión y de su Fuero Sindical.

Hasta el momento han sido revisados, mejor dicho, impuestos unilateral e ilegítimamente, 65 contratos colectivos de un total de 120 en los que básicamente se han visto afectadas cláusulas (reformadas en unos casos y declaradas nulas en otros) que se refieren a derechos económicos: subsidio de antigüedad, familiar, vacaciones, bonos adicionales, todo lo que no se incluye dentro de la remuneración mensual unificada. Otros que se refiere a la Libertad del Ejercicio Sindical y Fuero: permisos sindicales remunerados, permisos para realización de Asambleas. Otros que afectan a la estabilidad laboral reduciendo considerablemente las indemnizaciones a los trabajadores que son despedidos intempestivamente. Incluso las cláusulas que protegen a las empresas públicas de la privatización llamada Cambio de Empleador (declara nula) o aquellas que regulan las horas laborables por los riesgos de trabajo o enfermedades profesionales, y que son producto de normas internacionales de protección al trabajador.

En este proceso, el Ministro del Trabajo mediante Acuerdo Ministerial 0155 A, anuló el derecho al reclamo y la protesta, por lo tanto el acceso a la justicia al haber dispuesto, explícitamente en el numeral 4 de este Acuerdo que: el acta de revisión no podrá se susceptible de queja, demanda, acción de amparo, criterio o pronunciamiento administrativo o judicial alguno. Así mismo dispuso que la revisión se realice con o sin la presencia de empleadores y trabajadores (con dedicatoria a estos últimos); lo que significa que en el Ecuador no vivimos un Estado Democrático y de Derecho. De otro lado se amplió el plazo irregularmente y por decreto ejecutivo, sin que el Presidente de la República tenga capacidad para hacerlo. Luego se han promulgado varios decretos ejecutivos que afectan el derecho a la Jubilación Patronal, consagrado legalmente, lo que perjudica a cientos de miles de trabajadores retirados; así como disposiciones que desarticulan las organizaciones de trabajadores profesionales.

Por último, en los artículos 229 inciso segundo, y 326 numerales 8, 13, 15 y 16 de la nueva Constitución se determinan condiciones que significan 50 años de retroceso en materia laboral y que también criminalizan la lucha social, al pretender que el Estado infrinja la autonomía sindical, que la contratación colectiva ya no esté protegida; que se coarte el derecho a la huelga y que se segregue o divida a los trabajadores en empleados y obreros, para que solo estos últimos, continúen en el Régimen del Código del Trabajo y por lo tanto con acceso a los derechos de Sindicalización, Contratación Colectiva y Estabilidad Laboral. El resto, la gran mayoría, irán al Régimen Administrativo donde no existen estos derechos; es decir que por haberse capacitado quedan marginados de la protección laboral, convirtiendo al estudio y afán de superación en un “delito”, empeorando la división social del trabajo.

“Consecuente” con estos artículos y de forma aparente respaldado en la disposición cuarta del Mandato 08, el Presidente de la República promulgó el 30 de abril de 2009 el Decreto Ejecutivo 1701 con el que ordena ésta división de los trabajadores, facultando a una Secretaria de Remuneraciones para que sea quien califique a los que deberán ser considerados como obreros. Además establece los criterios de la contratación colectiva del sector público, que básicamente repite las barbaridades de la falsa revisión de los contratos colectivos; pero menciona dentro de uno de sus considerandos que esto se realiza luego del Diálogo Social dispuesto por la Asamblea: - situación que nunca se dio -. Jamás ninguna organización laboral o Central Sindical del Ecuador fue convocada por el Presidente de la República o autoridad alguna, para discutir y acordar sobre este asunto, lo que revela la total ausencia de voluntad política del Gobierno para discutir los temas de los trabajadores con los trabajadores.

Estas decisiones tienen a nuestro criterio un solo objetivo, que no es el de revisar determinadas cláusulas llamadas por el Gobierno privilegios: revisión a la que siempre hemos estado dispuestos los trabajadores, pero dentro de la naturaleza de la contratación colectiva. El objetivo en realidad es desconocer el derecho a sindicalización en el sector público y por lo tanto desaparecer a las organizaciones: sentando un precedente nefasto para las organizaciones sindicales del sector privado y, dejando de paso en indefensión, frente a la privatización, a las instituciones y empresas que son parte del patrimonio nacional social.

Las conquistas laborales son conquistas sociales. Nacidas de la lucha y sacrificio de los pueblos y sus trabajadores y no de la “generosidad o dádiva” de ningún gobierno o empleador. Las decisiones y reformas nacidas del autoritarismo, prepotencia y abuso de poder, caen en la violación de los derechos, avanzan al fascismo y terminan en la tiranía.

Planteamos, y hasta reclamamos, la necesidad de la solidaridad proletaria mundial, y una buena oportunidad puede ser la Conferencia Internacional del Trabajo, para que el Caso Ecuatoriano se discuta en su seno. Nos solidarizamos con los compañeros y compañeras dirigentes sindicales y trabajadores del mundo. Condenamos a los regímenes despóticos que han optado por callar las voces, mediante el exterminio selectivo, de los que con dignidad exigen la aplicación de sus derechos. Pero hay otros gobiernos soterrados que buscan lo mismo, pero desapareciendo a las organizaciones.

¡POR LA UNIDAD DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL MUNDO, EN CONTRA DE LA OPRESIÓN Y LA EXPLOTACIÓN!

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